El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 años para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama.
Durante ese tiempo, es afirmar, desde la presentación de la demanda hasta el automóvil de admisión de la misma, es posible que sucedan varias actuaciones procesales, tales como: la inadmisión, subsanación o rechazo de la demanda, e igualmente es probable que se interpongan recursos contra las decisiones que en ese período emita el Sentenciador; todo ello puede ser consultado por medio del sitio web de “Consulta de Procesos Unificada” y revisado en los Micrositios de los Juzgados.
Nuestros conceptos profesionales se fundamentan en nuestro estudio constante de la ley y la legislación. En estos incorporamos recomendaciones basados en nuestra experiencia como litigantes activos por 22 primaveras.
El término para interponer la demanda es de 3 primaveras, de guisa que ese plazo, como dice la Corte, se cuenta de aniversario a aniversario, es proponer que la vencimiento de inicio debe coincidir con la plazo final, como, por ejemplo: si el contrato de trabajo termina el 20 de mayo de 2020, el trabajador tiene hasta el 20 de mayo de 2023 para presentar la demanda, como lo deja claro la Corte en la sentencia citada:
Entré a una empresa de seguridad privada donde trabajé 8 años; me pagaban todas las prestaciones y me volvieron a medicar por mi enfermedad psiquiátrica. Me enviaron a hematología laboral de la EPS donde cotizaba y me dicen que debo reclamarle al Ejército para que me revaloren y Figuraí poder entrar a una pensión. Estoy en búsqueda de un abogado que lleve mi caso. Les reconocería si pudieran colaborarme. Mi núpuro de contacto es 320 564 2509. ¡Gracias!
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Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo:
Obtenga información sobre la demanda empresa certificada laboral en Colombia, su proceso y los pasos para presentarla. Existen una serie de procedimientos con los que puede iniciar un altercado laboral, desde la conciliación frente a el
Todo lo que necesita saber sobre legislación laboral. Conozca sus derechos y Mas información obligaciones como trabajador o como empleador.
Información justo: Aunque no es obligatorio, es recomendable contar con un abogado laboralista que asesore durante todo el proceso, ya que la legislación laboral puede ser compleja.
Una ocasión el árbitro admite la demanda laboral, el demandado debe ser notificado de ella para que pueda ejercer el derecho a la defensa. Cuando el sentenciador admite la demanda, le hace entrega al demandante de un aviso de notificación del coche admisorio de la demanda, para que el demandante se lo haga llegar al demandado, a fin de que este se presente al Judicatura a notificarse personalmente de la demanda.
Cuando el trabajador litiga Mas información en su propia causa, esto es, sin un abogado que lo represente, no requiere señalar en la demanda los fundamentos y razones de derecho. ¿Se requiere abogado para demandar al empleador?
¿Es necesario un abogado para demandar al empleador? Los abogados hacen parte obligada en las demandas y procesos judiciales, ya que conocen en detalle los procedimientos y terminologías jurídicas.
«La presentación de la demanda interrumpe el término para la prescripción e impide que se produzca la caducidad siempre que el coche admisorio de aquella o el mandamiento ejecutivo se notifique al demandado En el interior del término de un (1) año contado a partir del día subsiguiente a la notificación de tales providencias al demandante.
La demanda empresa de sst laboral se interpone ante la jurisdicción ordinaria en su específico laboral y de seguridad social, según señala el artículo 2 del Código Procesal del Trabajo. Es sostener, que la demanda se presenta en presencia de un Magistratura laboral, y si en el sitio donde se debe colocar la demanda no existe individualidad, se presenta frente a un juez civil.